La Unión Europea avanza hacia un sistema común de retorno para las personas nacionales de terceros países que se encuentren en situación irregular en los Estados miembros.
El nuevo Reglamento establece normas comunes para organizar los procedimientos de retorno, mejorar la cooperación entre los Estados y reforzar el seguimiento y ejecución de las decisiones de retorno.
¿A quién se aplica?
El Reglamento se dirige, con carácter general, a los nacionales de terceros países que se encuentran en situación irregular en la Unión Europea.
Quedan fuera de su ámbito determinados supuestos, entre ellos las personas beneficiarias de la libre circulación de la UE y, con carácter general, quienes hayan sido interceptados al cruzar ilegalmente una frontera exterior sin haber obtenido posteriormente un derecho de estancia, además de determinados procedimientos de extradición o retornos como consecuencia de una sanción penal.
La decisión de retorno deberá ser individual
Cuando una persona no cumpla o haya dejado de cumplir las condiciones de entrada, estancia o residencia, las autoridades deberán dictar una decisión de retorno basada en una evaluación individual de las circunstancias del caso.
La decisión establece la obligación de abandonar el territorio de los Estados miembros.
Como regla general, deberá concederse un plazo de salida que no exceda de 30 días, aunque el Reglamento contempla supuestos en los que puede establecerse un plazo diferente o no concederse plazo de salida.
Se refuerza el retorno voluntario
El Reglamento mantiene el retorno voluntario como una vía prioritaria cuando no existan razones para considerar que puede frustrar el procedimiento de retorno.
Además, los Estados miembros deberán garantizar que las personas afectadas reciban información y asesoramiento sobre las posibilidades de retorno y reintegración, como máximo en el momento en que se dicte la decisión de retorno.
También se prevén programas de asistencia al retorno y reintegración, aunque esta ayuda no constituye un derecho individual automático.
¿Qué ocurre si existe riesgo de fuga?
El nuevo Reglamento establece criterios comunes para determinar cuándo existe riesgo de fuga.
Entre las circunstancias que pueden tenerse en cuenta aparecen, por ejemplo, la falta de domicilio o residencia fiable, el incumplimiento de una obligación de salida, la utilización de documentación falsa, la falta de cooperación con las autoridades o la ausencia de determinados vínculos sociales y medios de subsistencia.
La existencia de riesgo de fuga puede tener consecuencias importantes dentro del procedimiento de retorno y en las medidas que puedan adoptarse.
Nuevas reglas sobre expulsión e internamiento
La expulsión podrá ejecutarse cuando concurran las circunstancias previstas en el Reglamento, por ejemplo, cuando la persona no haya cumplido la obligación de abandonar el territorio o no coopere con las autoridades.
Las medidas coercitivas deberán respetar los principios de proporcionalidad y eficacia.
Respecto al internamiento, el Reglamento establece que solo debe utilizarse cuando sea necesario y proporcionado, después de una valoración individual, y durante el período más breve posible.
Como regla general, el internamiento no deberá superar los 24 meses en un Estado miembro, aunque el Reglamento contempla supuestos excepcionales en los que puede prolongarse.
También deberán revisarse las decisiones de internamiento y garantizarse el control judicial de su legalidad.
Una garantía fundamental: el principio de no devolución
El nuevo sistema debe aplicarse respetando los derechos fundamentales y, especialmente, el principio de no devolución.
Ninguna persona podrá ser devuelta a un país en el que exista un riesgo grave de pena de muerte, tortura u otros tratos inhumanos o degradantes.
Además, cuando existan elementos que indiquen que una expulsión podría vulnerar este principio, deberá realizarse una evaluación individual de las circunstancias.
Derecho a recurrir
El Reglamento reconoce el derecho a una tutela judicial efectiva frente a las decisiones relacionadas con el retorno, las prohibiciones de entrada y las decisiones de expulsión.
También establece garantías sobre la información que debe recibir la persona afectada, incluyendo sus derechos procesales y el derecho a asistencia jurídica y representación legal.
Las prohibiciones de entrada
Otra cuestión relevante es la regulación de las prohibiciones de entrada, que impedirán la entrada y estancia en el territorio de los Estados miembros durante el período establecido.
Como regla general, su duración no podrá superar los 10 años, aunque para determinados supuestos relacionados con riesgos para la seguridad se contemplan períodos superiores, incluso de duración indefinida cuando esté justificado y sea proporcionado.
¿Qué significa este nuevo Reglamento?
El objetivo es establecer un marco europeo más uniforme para los procedimientos de retorno y reforzar la cooperación entre los Estados miembros y los terceros países.
Pero es importante tener en cuenta que no significa que todas las personas en situación irregular vayan a ser expulsadas automáticamente.
Cada procedimiento deberá analizarse conforme a las circunstancias concretas de la persona, respetando las garantías previstas por el Derecho de la Unión, el principio de no devolución y el derecho a la tutela judicial efectiva.
⚖️ Si recibes una decisión de retorno, una orden de expulsión o una prohibición de entrada, es importante revisar el contenido de la resolución y los plazos para recurrir antes de tomar cualquier decisión.
Fuente: Reglamento europeo sobre un sistema común para el retorno de nacionales de terceros países en situación irregular.
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