La Secretaría de Estado de Migraciones ha aprobado las Instrucciones SEM 1/2026, un documento que aclara cómo se realizará la transición de las personas que actualmente tienen una autorización de residencia temporal por razones humanitarias concedida al amparo del artículo 128.1.a del Reglamento de Extranjería.
Estas instrucciones llegan después de uno de los cambios más importantes en materia migratoria de los últimos años: el fin de las autorizaciones por razones humanitarias vinculadas a la protección internacional tal y como se venían concediendo hasta ahora.
¿Por qué son importantes estas instrucciones?
Durante años, miles de personas —especialmente ciudadanos venezolanos— obtuvieron una autorización de residencia por razones humanitarias tras la denegación de su solicitud de protección internacional.
Sin embargo, desde el 12 de junio de 2026, España dejó de conceder y renovar este tipo de autorizaciones vinculadas a la protección internacional, coincidiendo con la entrada en aplicación del nuevo marco europeo en materia de asilo y migración.
Ante esta situación, las Instrucciones SEM 1/2026 tienen como objetivo facilitar la transición de quienes ya disponían de este permiso hacia otras autorizaciones previstas en la normativa general de extranjería.
¿Qué aclaran las Instrucciones SEM 1/2026?
Las nuevas instrucciones establecen criterios para que las personas titulares de una residencia por razones humanitarias puedan acceder a otros tipos de autorización sin quedar en situación irregular cuando llegue el momento de renovar o modificar su situación administrativa.
Además, desarrollan aspectos relacionados con:
- La modificación a autorizaciones de residencia y trabajo previstas en el Reglamento de Extranjería.
- La situación de los hijos menores de estas personas.
- La continuidad de los proyectos de vida ya iniciados en España.
- La aplicación práctica de los cambios introducidos por el Real Decreto 316/2026.
Una transición que afecta a miles de personas
El cambio tiene especial relevancia para quienes actualmente son titulares de una residencia por razones humanitarias y deben planificar cuál será su siguiente paso legal en España.
Desde el 16 de abril de 2026 ya se encuentra habilitada la posibilidad de modificar determinadas autorizaciones por razones humanitarias hacia otras residencias y permisos de trabajo previstos en la normativa general.
Por ello, las nuevas instrucciones aportan seguridad jurídica y criterios de aplicación para las Oficinas de Extranjería y los profesionales que asesoran en este tipo de procedimientos.
La importancia de analizar cada caso
Aunque las Instrucciones SEM 1/2026 aclaran numerosos aspectos prácticos, no todas las situaciones son iguales.
La estrategia adecuada puede variar según factores como:
- El tipo de autorización actual.
- El tiempo de residencia en España.
- La situación laboral.
- La existencia de hijos menores.
- Los vínculos familiares.
- La posible solicitud de nacionalidad española.
Por ello, resulta especialmente importante analizar cada expediente de forma individual antes de tomar decisiones sobre renovaciones, modificaciones o nuevas solicitudes.
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